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Dirección General de Servicios Legales
Con fundamento en el artículo 116 del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal, la Dirección
General de Servicios Legales tiene las siguientes funciones:
- Representar a la Administración Pública
en los juicios en que ésta sea parte.
- Intervenir en los Juicios de amparo, cuando
el Jefe de Gobierno tenga el carácter de autoridad responsable,
exista solicitud de la autoridad responsable o medie instrucción
del Jefe de Gobierno; así como supervisar todas las etapas de
su proceso y la elaboración de los informes previos y justificados
cuando la importancia del asunto así lo amerite. Asimismo, intervendrá
en los juicios a que se refiere la ley reglamentaria de las fracciones
I y II del artículo 105 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos;
- Tramitar y substanciar, en los casos que no
se confieren a otras Unidades Administrativas y Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico-Operativo, los procedimientos y recursos administrativos
que tiendan a modificar o a extinguir derechos creados por actos o resoluciones
emanados del Jefe de Gobierno, así como de los titulares de las
Dependencias, preparando al efecto la resolución procedente;
- Llevar a cabo las visitas especiales que ordene
el Consejero Jurídico y de Servicios Legales, en el ejercicio
de sus atribuciones.
- Aplicar las disposiciones jurídicas y administrativas en materia de jurados y supervisar su cumplimiento;
- Requerir a las Dependencias, Unidades Administrativas,
Órganos Político-Administrativos, los Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública los informes,
dictámenes, documentación, objetos, apoyo técnico
y demás elementos necesarios, para la defensa de los intereses
del Gobierno del Distrito Federal;
- Proponer la celebración de convenios
con los titulares de las Dependencias señaladas como autoridades
responsables o que sean parte en los juicios en que intervenga la Dirección
General, para solventar los gastos y honorarios que se generen por la
tramitación de los mismos.
- Proponer la celebración de convenios
con instituciones educativas para allegarse de prestadores de servicio
social de las carreras técnicas y profesionales que correspondan
a las actividades encomendadas a la Dirección General, así
como para apoyos en capacitación y proyectos afines a la misma;
- Presentar y ratificar, en su caso, las denuncias
o querellas por delitos cometidos en agravio de la Administración
Pública y otorgar el perdón en los casos que proceda,
previo pago en la Tesorería del Distrito Federal de la reparación
del daño y perjuicio causados, o mediante la exhibición
de billete de depósito que garantice la reparación de
éstos;
- Intervenir en la recuperación del monto
de la reparación de los daños mencionados en la fracción
anterior como recibir y administrar el porcentaje que establezcan los
ordenamientos correspondientes;
- Vigilar, en el ámbito jurídico
procesal, el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte
de las autoridades competentes del Distrito Federal, especialmente por
lo que se refiere a las garantías individuales, derechos humanos,
así como proponer las disposiciones administrativas necesarias
para tal efecto;
- Llevar a cabo los estudios y análisis
jurídicos de la problemática de origen que incide en los
juicios en que participa y proponer los mecanismos de solución
correspondientes;
- Tramitar los indultos que se conceden, cuando
se trate de delitos del orden común;
- Llevar y autorizar los libros y otros mecanismos
de registro que se implementen en la Defensoría de Oficio, incluyendo
sistemas computarizados;
- Dirigir, organizar y llevar a cabo el control
y supervisión de la Defensoría de Oficio del Distrito
Federal, de conformidad con la Ley de la materia, así como prestar
los servicios de defensa, orientación y asistencia gratuitos;
- Ordenar la realización de visitas a
las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo encargado
de prestar los servicios de Defensoría de Oficio, en el ámbito
jurisdiccional del Distrito Federal; y
- Coadyuvar en la coordinación y vigilancia
del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de
tutelas y bienes mostrencos.
- Para el ejercicio de esas atribuciones se
cuenta con dos Direcciones de Área, la Dirección de Defensoría
de Oficio y Orientación Jurídica y la Dirección
de lo Contencioso.
- La primera se encarga precisamente de dirigir,
organizar y llevar a cabo el control y supervisión de la Defensoría
de Oficio, de conformidad a la Ley de la Defensoría de Oficio
del Distrito Federal, así como prestar los servicios de defensa,
orientación y asistencia jurídica gratuitos.
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